martes, 28 de mayo de 2013

De la pobreza energética a las ventajas de la eficiencia



La Asociación de Ciencias Ambientales (ACA) presenta un interesante concepto, el de la pobreza energética, al que define como la incapacidad de un hogar de satisfacer una cantidad mínima de servicios de la energía para sus necesidades básicas como, por ejemplo, mantener la vivienda en unas condiciones de climatización adecuadas para la salud: entre18 y 20º C en invierno y hasta 25º C en verano. Las causas que generan esta precariedad energética son diversas, pero una de las que la condiciona es la calidad insuficiente de la vivienda que hace aumentar el consumo, es decir, la demanda energética.


La demanda energética es la energía necesaria para mantener en el interior de una vivienda o edificio unas condiciones de confort térmico adecuadas a su uso y a la zona climática donde se ubica. El volumen de esta demanda, además de tener implicaciones para la economía familiar, influye también en el medio ambiente.
El consumo energético en la Comunidad de Madrid por sectores muestra que, por detrás del transporte, se sitúa el sector doméstico, con un 22,8%. En datos de la Unión Europea, ese cálculo del consumo energético de las edificaciones se eleva al 40% del consumo total de los estados.

En cada uno de estos dos aspectos (el social y el ambiental), se pueden descubrir, por tanto, las ventajas de una correcta evaluación energética de las viviendas para corregir su eficiencia:

  • Sociales: se podrán adoptar medidas para reducir el importe de las facturas de los suministros energéticos y, a la hora de alquilar o adquirir una nueva vivienda, los consumidores conocerán su hipoteca energética, el peso que tendrán las facturas energéticas en sus gastos. La pobreza energética se reducirá y aumentará la calidad de vida de los ciudadanos.
  • Ambientales: se reducirán la contaminación y las emisiones implicadas en el cambio climático. La etiqueta energética clasifica la vivienda entre la A, las viviendas más eficientes y con menores emisiones de dióxido de carbono equivalentes (CO2eq), y la G, las menos eficientes y con mayores emisiones


Al solicitar la certificación de eficiencia energética de tu vivienda, edificio o local, los técnicos certificadores analizarán diversos parámetros sobre el estado de las fachadas, cubierta, ventanas y de las instalaciones de agua caliente, calefacción, refrigeración,…
Con esta información se elabora la etiqueta energética y se proponen actuaciones para mejorar la calificación. En la mayoría de los casos se podrá conseguir con pequeñas mejoras en los cerramientos y cambios en los rendimientos de los sistemas de calefacción, refrigeración y agua caliente. Escríbenos y te aconsejaremos.

martes, 21 de mayo de 2013

¿Cuándo necesito el certificado de eficiencia energética de mi vivienda?

Según la legislación reciente sobre el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios (RD 235/2013) a partir del próximo 1 de junio habrá que mostrar y poner a disposición de los compradores o arrendatarios de una vivienda o local, el certificado de eficiencia energética a la hora de celebrar contratos de compraventa o arrendamiento
Así lo dispone el apartado 2 del artículo único del Real Decreto antes referido y así se desarrolla en el articulado del procedimiento básico donde se concreta los edificios y locales exentos, entre otros, los siguientes:

  • Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años.
  • Edificios o partes de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 metros cuadrados.
  • Edificios o partes de edificios existentes de viviendas, cuyo uso sea inferior a cuatro meses al año.

Y los obligados a obtener esta calificación, entre los más comunes:

  • Edificios de nueva construcción.
  • Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor.


Antes de que tenga lugar la venta y el alquiler, suele ser necesario publicitar la vivienda o el local que deseamos transmitir o arrendar. Y desde ese momento estaremos obligados a informar a nuestros posibles clientes del nivel de eficiencia energética del que disfrutarán adquiriendo o arrendando nuestra propiedad. Los carteles de venta o alquiler, tanto individuales como los publicitados en inmobiliarias y agencias de alquiler, deberán mostrar la etiqueta de eficiencia.



Los documentos, normativa y registro de los certificados e informes que los técnicos competentes elaboran tras la inspección de nuestra vivienda o local están definidos, por el momento, por la Secretaría de Estado de Energía (Ministerio de Industria, Energía y Turismo). Queda por regular el procedimiento concreto para documentar la venta o alquiler, en cuanto al certificado energético y su notificación, por parte de algunas comunidades autónomas como la de Madrid, que deberá desarrollarlo en las próximas semanas.

martes, 14 de mayo de 2013

La Certificación Energética: algo más que una etiqueta para la vivienda



En los últimos días se escuchan noticias en los medios de comunicación sobre la Certificación Energética de los edificios existentes y la obligación de obtener esta certificación por parte de los propietarios de viviendas que deseen alquilarlas o venderlas.
La normativa que da origen a esta regulación es la Directiva Europea 2012/31/UE que ha sido transpuesta a la legislación española por el RD 235/2013 y cuyo alcance final será desarrollado próximamente aclarando los supuestos en que será necesario obtener una determinada calificación, la posibilidad de tributar por los bienes inmuebles en función de su eficiencia energética y las multas a imponer si no se cumplen los procedimientos y condiciones anteriores.


Obligaciones y sanciones administrativas al margen, la Certificación Energética de Edificios y, especialmente, la planificación de la ejecución o reforma de viviendas con vistas a mayor rendimiento y ahorro energético, será un aspecto interesante en el cual los técnicos especialistas podremos aportar a los propietarios y usuarios de vivienda asesoramiento para disminuir el coste de funcionamiento de los hogares que afecte a la economía familiar (menor gasto en combustible y electricidad) y también al medio ambiente (emisiones de dióxido de carbono).

Con ese objetivo nace este blog en el que, semanalmente, se desarrollará las opciones de mejora energética de los hogares y se examinará la normativa que a este respecto vaya apareciendo. ¡Bienvenidos!